SIN: El 31 de diciembre vence el plazo para la actualización de datos

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LA PAZ. El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) recordó a todos los contribuyentes del Régimen General, que el jueves 31 de diciembre finalizará el plazo para que puedan actualizar sus datos en el Padrón Nacional de Contribuyentes conforme el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia.

La Administración Tributaria publicó una Resolución que homologa el Clasificador de Actividades Económicas del Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital (PBD-11) con el Clasificador de Actividades Económicas de Bolivia (CAEB).

Esta normativa, en el artículo 8 contempla, la reposición del “Certificado de Inscripción al Padrón Nacional de Contribuyentes Biométrico Digital” y el Documento de Exhibición Número de Identificación Tributaria (NIT).

La homologación de actividades económicas del Padrón Biométrico Digital del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) alcanza a todos los contribuyentes del Régimen General.

Por tanto, los sujetos pasivos o terceros responsables deberán reemplazar esos documentos impostergablemente hasta el 31 de diciembre de 2020.  La reposición de dichos documentos se podrá realizar a través de la Oficina Virtual o en las plataformas de recaudación y empadronamiento de la Administración Tributaria, cuyo requisito es tener el NIT con estado activo.

Reposición a través de la Oficina Virtual

Los contribuyentes del Régimen General pueden efectuar este procedimiento desde la comodidad de su actividad económica o su domicilio particular, sin necesidad de ir en persona a una oficina de la Administración Tributaria.

Para realizar la reposición de los documentos citados deben ingresar a la página web www.impuestos.gob.bo opción Oficina Virtual, posteriormente hacer clic en Trámites Tributarios y Padrón Biométrico Digital.

El sistema pedirá registrar tus credenciales (NIT, Usuario, Contraseña y Código Captcha), luego deben buscar la opción Reposición de Documento de Exhibición, digitar el icono “Crear Trámite Reposición” y seleccionar la dirección del negocio (Casa Matriz, Sucursal, etc), finalmente imprimir el documento generado.

El siguiente paso, es realizar la reposición del Certificado de Inscripción, haciendo clic en el icono “Reponer”, registrar el Código Captcha e imprimir el documento generado. De esta manera el contribuyente habrá cumplido esta obligación tributaria que fenece, este 31 de diciembre de 2020. (ACUERDOS/rjra)