Presidente de Diputados: ley de emergencia sanitaria estandarizará precios de medicamentos y controlará clínicas privadas

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LA PAZ. El presidente de la Cámara de Diputados del Estado Plurinacional de Bolivia, Freddy Mamani Laura, destacó que con la aplicación de la Ley de Emergencia Sanitaria se estandarizará los precios de medicamentos en todo el país y se controlará el servicio de clínicas privadas a personas con COVID-19.

En conferencia de prensa Mamani explicó que no existen razones para oponerse a la Ley que previamente fue acordada con el sector médico y más aún, cuestionó que a este movimiento político busquen sumarse grupos del magisterio y cocaleros.

“Ahora nos enteramos que hay dos organizaciones que estarían sumando, cocaleros y magisterio. Sumándose para qué, ¿para estar en contra de que tengamos un estándar de precios en medicamentos?, ¿están en contra del cobro de anticipo de las clínicas privadas de 10 hasta 15 mil bolivianos para que los hermanos y hermanas que están contagiados en estado de gravedad sean atendidos?”, cuestionó la autoridad.

La Ley de Emergencia Sanitaria se encuentra en etapa de la elaboración del Decreto Reglamentario a cargo del Ministerio de Salud, en sus artículos establece la estandarización de precios, lo que quiere decir que si, por ejemplo, una aspirina tiene un costo, el mismo debe estar registrado en un listado oficial del Ministerio de Salud y el ente estatal establece un solo precio para su comercialización a nivel nacional.

Mamani explicó que la norma determina la aplicación de tres medidas respecto a los medicamentos e insumos médicos en el país mientras dure la emergencia sanitaria y enfatizó que la norma de emergencia sanitaria se aplica en la coyuntura de emergencia de salud y “no se activa en otro momento”.

“Las clínicas particulares pedían, para atender a nuestros hermanos contagiados con COVID-19, un anticipo y garantía de $us 10.000, $us 15.000 y hasta $us 20.000. Esta ley establece que no se puede pedir absolutamente ninguna garantía en temas económicos. Primero está la vida de nuestras hermanas y nuestros hermanos. Por lo tanto, todas las clínicas privadas o estatales no pueden pedir absolutamente ningún adelanto”, enfatizó el Presidente de la Cámara de Diputados.

Asimismo, mediante una Resolución Ministerial sujeta a reglamentación mediante Decreto Supremo, el Ministerio de Salud y Deportes incluirá un tarifario básico de servicios de internación y tratamiento médico a efectos de ser usado por los establecimientos privados de servicios de salud.

El Artículo 20 de la norma determina que desde la vigencia de la ley, y sin mediar reglamento alguno, los establecimientos de salud del subsector privado no podrán exigir depósitos previos, garantías o cualquier tipo de cobro anticipado.