LA PAZ. Los gobiernos subnacionales pueden adquirir vacunas contra el COVID-19 de manera directa porque existe normativa de respaldo, informó el viceministro de Comercio Exterior e Integración, Benjamín Blanco.
“Se aclara que la compra, importación y distribución de vacunas anti COVID-19, lejos de prohibirse, están permitidas y respaldadas por los DS 4432 y 4438, que facilitan a gobiernos subnacionales la compra directa con cumplimiento de requisitos mínimos”, indicó mediante su cuenta oficial en Twitter.
El Decreto Supremo N° 4432 permite la contratación directa de vacunas, tanto al Gobierno nacional como a las entidades territoriales autónomas, a la seguridad social de corto plazo y establece que el procedimiento será reglamentado por cada entidad.
En el caso del DS N° 4438, esta norma determina requisitos mínimos que deben solicitar las entidades territoriales y la seguridad social a las empresas privadas nacionales para la compra, en el mercado interno, de vacunas y establece arancel 0 para importaciones de públicos o privados.
“Cualquier empresa puede importar vacunas: Lo único que debe hacer, como con cualquier otro medicamento, es obtener el Registro Sanitario por AGEMED, siendo posible incluso la homologación de estudios realizados en otros países del mundo para la autorización de uso por emergencia”, concluyó Blanco. (ACUERDOS/rjra)