La CPE establece que las leyes en el Legislativo se aprueban por mayoría absoluta

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LA PAZ, De acuerdo con el artículo 163 de la Constitución Política del Estado (CPE), “las decisiones de la Asamblea se tomarán por mayoría absoluta de sus miembros presentes” y así ocurre al interior del Órgano Legislativo a lo largo de décadas y en muchos países del mundo con el fin de garantizar gobernabilidad; asimismo, el texto constitucional establece que existen temas estratégicos que requieren mayor debate y deben ser aprobados por 2/3, los mismos se mantienen vigentes en los reglamentos de las cámaras de la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Tanto el Reglamento General de la Cámara de Senadores, como el de la Cámara de Diputados, respetan lo dispuesto en la carta magna referido al tratamiento de asuntos de carácter estratégicos y lo dispuesto para la aprobación de leyes.

Las modificaciones realizadas a los reglamentos durante la legislatura 2019-2020, corresponden  únicamente a artículos que se refirieren a temas administrativos y que en esos documentos requerían de los 2/3 de los votos para hacerse efectivos, tales como el orden del día; la revisión de la documentación enviada por el Ejecutivo para ascensos de las Fuerzas Armadas como trámite administrativo; así como establecer sesiones por tiempo y materia; entrega de honores; y otros.

Los reglamentos de las cámaras de Senadores y Diputados mantienen los dispuesto por la Constitución para la aplicación de los 2/3 de votos en la elección de miembros del Órgano Electoral Plurinacional; Interpelaciones a Ministros de Estado y posible censura; Autorización de juicio de responsabilidades a Presidente y Vicepresidente; Designación del Fiscal General del Estado; Objeción de la designación del Procurador.

Además de la Aprobación de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización; Aplicación de sanciones a las Diputadas o Diputados y a las Senadoras y Senadores; Juzgamiento de los miembros del Tribunal Constitucional Plurinacional, del Tribunal Supremo, del Tribunal Agroambiental y del Consejo de la Magistratura; Cualquier tipo de reforma parcial de la Constitución Política del Estado; entre otros temas establecidos en la CPE.

En las asambleas departamentales y en los concejos municipales también se trabaja con la aprobación de leyes por mayoría absoluta, inclusive en algunos casos, por mayoría simple, sin que esto signifique un atentado contra la democracia.

Por decisión de la población expresada el pasado 18 de octubre de 2020, el Movimiento Al Socialismo obtuvo el 55,11% de los votos, con más del 26% de diferencia del segundo (Comunidad Ciudadana) y más del 41% del tercero (Creemos), lo que le otorgó la conducción del Órgano Ejecutivo y la presencia mayoritaria al interior del Legislativo.

Por ese motivo, las autoridades de gobierno, han repetido que el escenario de debate de las normas se debe dar en la Asamblea Legislativa Plurinacional, en respeto a la representación otorgada por el voto popular como en un ejercicio democrático necesario y en el marco de la legalidad.

Pese a esa realidad, la oposición legislativa que actúa al margen de su mandato constitucional, pretende llevar un falso debate a las calles, lo que aumenta la tensión y genera más motivos para la confrontación.

La jefa de bancada de Creemos, Centa Rek, manifiesta falacias en su campaña de «restitución de los 2/3» e incluso llegó a pedir el cierre del Legislativo, en una clara actitud antidemocrática.

Además, la senadora oculta el hecho de que planteó y perdió dos acciones abstractas de inconstitucionalidad por el mismo tema ante el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, las mismas que fueron rechazadas el 2 de diciembre de 2020.

El requisito de los 2/3 establecido en la CPE se encuentra vigente en el Reglamento General de la cámara de Senadores y de Diputados. (ACUERDOS/rjra)