LA PAZ, El relator especial de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre la Independencia de los magistrados y abogados, Diego García-Sayán, presentó nueve observaciones preliminares a la conclusión de su visita que cumplió en el país.
Las nueve observaciones están relacionadas a: la justicia está lejos de la gente; mujeres y acceso a la justicia; la justicia indígena; privados de libertad; estructura y gestión del Órgano Judicial; carrera judicial y jueces transitorios; Ministerio Público; graves violaciones de derechos humanos en el último trimestre del año 2019 y las reformas constitucionales e institucionales.
Una de las primeras observaciones es que la “justicia está lejos de la gente” debido a que los pobres no tienen acceso a la justicia porque no cuentan con recursos económicos y no pueden acceder a sus expedientes.
Todos estos hechos tienen un gran impacto y generan una profunda desconfianza en la justicia por corrupción. Es el caso de la libertad concedida por un juez a Richard Choque Flores, un feminicida que tenía una sentencia de 30 años de cárcel.
La segunda observación es la dificultad que tienen las mujeres para acceder a la justicia, debido a los plazos procesales en casos de violencia que no se cumplen, lo cual repercute en el abandono de las víctimas.
Sólo se han creado 27 juzgados y tribunales especializados bajo la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. Estos juzgados están sobre saturados por la carga procesal y atienden también casos de corrupción.
Los casos de feminicidio son preocupantes porque se produjeron 869 feminicidios entre 2013 y octubre de 2021, es decir, hubo un promedio de uno cada tres días y medio. Sólo el 31% de los casos ha obtenido una sentencia.
De acuerdo a datos de la Fiscalía General del Estado, a la fecha de este informe en 2022 hasta el 17 de febrero ya van registrados 15 feminicidios y dos en investigación para determinar si se trató de feminicidio.
La tercera observación tiene que ver con el funcionamiento de la justicia indígena porque existe una falta de concordancia entre las disposiciones constitucionales y las restrictivas competencias para la justicia indígena contenidas en la ley, lo que choca con las disposiciones que las naciones y pueblos indígenas gozan, entre otros derechos, “al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión” y al derecho a la consulta previa y varios instrumentos internacionales, en particular el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) del cual Bolivia es parte.
La cuarta observación tiene que ver con los privados de libertad porque viven en hacinamiento. El país cuenta con 20 recintos penitenciarios urbanos con capacidad de albergar a 5.346 personas, pero la población asciende a 18.703, lo que supone un hacinamiento del 349.8%.
En marzo de 2021, el 64,10% estaban con detención preventiva, lo que significa que siete de cada diez personas privadas de libertad están sin condena. García-Sayán explicó que la prisión preventiva debe ser utilizada excepcionalmente durante el menor tiempo posible y sólo en casos particulares que representen ciertos elementos de gravedad; además, se debe garantizar la separación entre presos preventivos y condenados en todos los lugares de privación de libertad.
La prisión preventiva no puede constituir un castigo para personas que no han sido juzgadas. La quinta observación tiene que ver con la estructura y gestión del Órgano Judicial porque la cobertura judicial está limitada al área urbana.
De acuerdo con el Informe de Rendición de Cuentas del Tribunal Supremo de Justicia, en 2020 hay 1.095 jueces con un promedio de 530 causas por juez. El Servicio Plurinacional de la Defensa Publica llega únicamente a 106 municipios del país de los 340 existentes, aunque según la Defensora del Pueblo el país cuenta con apenas 54 Defensores Públicos.
El Servicio Plurinacional de Asistencia a la Victima tiene presencia en 43 municipios únicamente. Solo el 44% de jueces son de carrera. La alta proporción de jueces transitorios, que supera a los 500, es otro componente crítico generador de inestabilidad y que no alienta una conducta independiente de quienes desempeñan la judicatura.
Está demostrado que una alta tasa de provisionalidad conspira contra una conducta independiente de jueces y juezas. García-Sayán abogó por contar con una carrera judicial, una modernización de la estructura y de la gestión del mismo para evitar duplicación de funciones y abordar las dificultades actuales en ejecución de presupuesto. La falta de una carrera judicial es un aspecto crítico que atenta contra la calidad del sistema judicial y su independencia.
Otra observación es el bajo presupuesto asignado a la justicia, incluido el Ministerio Público, que no llega al 0,50% del total, lo que no permite sustentar una institucionalidad dotada de los recursos institucionales indispensables y, en especial, de remuneraciones adecuadas que atraigan a mejores profesionales y que prevengan la corrupción.
Una de las instituciones que mereció la observación del Relator de la ONU fue el Ministerio Público porque la población enfrenta problemas para obtener información del Órgano Judicial y del Ministerio Público, lo que denota una falta de transparencia al libre acceso a la información pública y contribuye al combate a la corrupción.
En el caso de las mujeres víctimas de violencia, el Estado es responsable, a través del Ministerio Publico, de llevar adelante una investigación efectiva de estos delitos. El 80% de los casos de delitos sexuales contra las mujeres no ha tenido ningún proceso judicial para el delito cometido. (ACUERDOS/rjra)